Resolución General Nº 33 I.G.J.(B.O. Nº 34.443 del 2020-08-06)
Inscripción. Esta norma establee que se inscribirán en el Registro Público a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, todos los contratos de fideicomiso que satisfagan cualquiera de los extremos contemplados en el artículo 284 de la Resolución General IGJ N° 7/2015 (Normas de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA), conforme al texto del mismo que se transcribe en el artículo 2° de la presente.
Además modifica la Resolución General IGJ N° 7/2015 y modificatorias (Normas de la INSPECCION GENERAL DE... >
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1. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. NUEVO VALOR DEL JUS.
Por Acordada Nº 3.803 del 8 de junio de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires estableció el valor del JUS (Unidad de medida arancelaria) a partir del 1º de enero de 2016 en la suma de $ 437 (cuatrocientos treinta y siete pesos); desde el 1º de marzo de 2016 en la suma de pesos $ 464 (cuatrocientos sesenta y cuatro pesos); desde el 1º de julio de 2016 en la suma de $ 504 (quinientos cuatro pesos) y a partir del 1ro de agosto de 2016, en la de $ 511 (quinientos once... >
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Resolución Nº 1 (I.G.J.) (B.O. Nº 33.304 del 2016-01-26)
Resolución General Nº 7/2015. Prórroga.
Esta norma prórroga hasta el 15 de Febrero de 2016 el plazo para presentar la Declaración Jurada prevista en el segundo párrafo del artículo 513 de la Resolución General Nº 7/2015 (I.G.J.) del 28 de Julio de 2015.
El artículo 513 de la Resolución General N° 7/2015 establece que las personas humanas o jurídicas que actúen como fiduciarios, administradores y todo aquel que realice funciones propias del fiduciario, intermediarios, agentes de comercializadores... >
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1 de octubre de 2008
,por Bertolot, Alicia y Vighenzoni, María Silvia
1. INTRODUCCIÓN
Los antecedentes históricos del fideicomiso, se remontan al derecho romano, en el cual sobresalían dos (2) figuras. Una de ellas es el fideicomiso, correspondiente al derecho sucesorio, acto por el cual una persona a su fallecimiento (disponente) encarga a otra (fiduciario) la transmisión de toda su herencia a una tercera persona (fideicomisario), figura esta utilizada cuando los hombres se dirigían a la guerra dejando sus bienes en una persona de su confianza para que los administre a favor de su familia y se los entregue a él a su regreso o a sus familiares en... >
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1 de abril de 2007
,por Varela, Marcelo Gabriel y Guglielmetti, Luis
1. INTRODUCCIÓN
Durante el año 2006 se emitieron doscientos cinco (205) fideicomisos financieros con oferta pública. Esas operaciones totalizaron algo más de siete mil seiscientos millones de pesos ($ 7.600.000.000).
De ese universo, hemos seleccionado dos operaciones que reúnen algunas particularidades que los hacen destacarse del resto:
-* El Fideicomiso Financiero Howard Johnson Hotel Marcos Juárez; y
-* El Fideicomiso (financiero) de Gas I.
El primero tiene por objeto financiar la construcción de un complejo hotelero y el repago de los valores colocados se... >
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1. REGULACIÓN
En el presente trabajo trataremos sobre la estructura y funcionamiento del contrato de fideicomiso, instituto que en la actualidad se ha constituido en una importante herramienta de gestión en el mundo económico y en el quehacer diario de la actividad profesional de los contadores, abogados y asesores financieros.
El contrato de fideicomiso en nuestro medio adquiere tipicidad a través de la Ley Nº 24.441, sancionada el 22 de diciembre de 1994, promulgada el 9 de enero de 1995, y publicada en el Boletín Oficial el día 16 de ese mes y año.
Nos adelantamos a... >
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1. NOVEDADES
1.1. Entidades financieras
Con fecha 22 de noviembre de 2006 se sancionó la Ley Nº 26.173, promulgada el 11 de diciembre de 2006 y publicada en el Boletín Oficial con fecha 12 de diciembre de 2006, por medio de la cual se modifica el artículo 26 de la Ley Nº 21.526 (Ley de Entidades Financieras) (texto según Ley Nº 25.782), el que queda redactado de la siguiente forma:
{“ Artículo 26— Las cajas de crédito cooperativas podrán:
a) Recibir depósitos a la vista, en caja de ahorros y a plazo, los que no
tendrán límite alguno, excepto cuando sea de... >
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1 de octubre de 2006
,por Varela, Marcelo Gabriel y Guglielmetti, Luis
1. INTRODUCCIÓN
Los párrafos segundo a sexto del artículo 43 de la Ley de Concursos y Quiebras establecen que:
{“Las propuestas pueden consistir en quita, espera o ambas; entrega de bienes a los acreedores; constitución de sociedad con los acreedores quirografarios, en la que éstos tengan calidad de socios; reorganización de la sociedad deudora; administración de todos o parte de los bienes en interés de los acreedores; emisión de obligaciones negociables o debentures; emisión de bonos convertibles en acciones; constitución de garantías sobre bienes de terceros;... >
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1 de agosto de 2006
,por Varela, Marcelo Gabriel y Guglielmetti, Luis
1. INTRODUCCIÓN
Desde hace varios años se vienen desarrollando los llamados {“pool”} de siembra que consisten en asociar un grupo de inversores a una o varias producciones agrícolas. En general, el recaudador es la persona –física o jurídica– que conoce del negocio. Ella se encarga de conseguir los campos, los insumos y mano de obra que requiere la siembra; luego se encarga de la venta de la cosecha, ingresa los impuestos generados por ésta y, finalmente, devuelve a los inversores el capital invertido con más sus rentas.
Básicamente, se trata de una operación... >
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Ley Nº 26.086
1.1.1. Modificación de la Ley de Concursos y Quiebras
El 11 de abril pasado, se publicó en el Boletín Oficial, la reforma a la Ley de Concursos y Quiebras, que lleva el número 26.086, y que introdujo, entre otras cosas, nuevas e importantes cargas a la figura del síndico, sin que ello traiga aparejado una mayor retribución a la hora de la regulación de honorarios.
A través de esta reforma, se introduce una nueva redacción del inciso 11 del artículo 14 de la Ley Nº 24.522, indicando que de la Resolución de... >
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1 de junio de 2006
,por Varela, Marcelo Gabriel y Guglielmetti, Luis
El fideicomiso de garantía es aquel en el cual la transferencia de la propiedad del activo fiduciario no se hace al inicio de la operación sino que se realizará solo en el caso en que se den ciertas condiciones.
Este tipo de fideicomiso cumple la misma función que cualquiera de los otros tipos de garantías: prendas, hipotecas, {“warrants”}, etc. De hecho, en México –por citar un ejemplo latinoamericano– el fideicomiso de garantía ha sustituido con éxito a los dos primeros instrumentos indicados. [[{ Batiza, Rodolfo , “Fideicomiso”, México, página 134 citado por... >
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